Causa Nemec: El Superior Tribunal anuló el sobreseimiento y confirmó la inhabilitación del médico

El máximo tribunal de Entre Ríos dejó sin efecto la declaración de prescripción dictada en Gualeguaychú, confirmó que el cirujano debe cumplir los cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina y mandó a investigar supuestas conductas intimidatorias hacia los jueces

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El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) dio un giro definitivo en la causa penal contra el cirujano Carlos Guillermo Nemec por la muerte de una joven en Gualeguaychú. La Sala N° 1 en lo Penal anuló el fallo de la Cámara de Casación de Concordia y la resolución del juez Tobías Podestá, las cuales habían declarado la prescripción de la acción y el sobreseimiento del profesional. 

La víctima y el hecho que desencadenó la causa

El caso se remonta a finales de enero de 2016, cuando Andrea Schlotthauer, una joven de 28 años, ingresó a un centro médico privado de Gualeguaychú con un cuadro abdominal agudo. La joven falleció el 2 de febrero de 2016 a raíz de una sepsis generalizada desencadenada por una apendicitis que derivó en peritonitis. 

Durante el proceso se determinó que existió un quebrantamiento de las normas de cuidado e imprudencia médica al no realizarse la intervención quirúrgica a tiempo, postergando la cirugía pese a las advertencias del personal médico de guardia. En el expediente consta además una grabación de audio donde el propio cirujano admitió ante los familiares haber incurrido en un error en el abordaje del cuadro. 

Un largo recorrido judicial y la polémica de la prescripción

Tras el juicio oral, Nemec fue condenado a 1 año de prisión condicional y 5 años de inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina por el delito de homicidio culposo. Luego de recorrer distintas instancias de apelación y de rechazarse el recurso extraordinario provincial en marzo de 2025, la condena adquirió carácter firme y ejecutable. 

Sin embargo, a pesar de que el 27 de mayo de 2025 se ordenó el inicio formal de la pena de inhabilitación (fijando su vencimiento para junio de 2030), el Juez de ejecución abrió un debate de oficio sobre la prescripción de la acción penal. Posteriormente, en agosto de ese año, se declaró la prescripción considerando transcurrido el plazo tomando como tope la pena de prisión (5 años), decisión que fue respaldada por Casación a principios de 2026. 

Esta medida fue recurrida mediante impugnaciones extraordinarias por el fiscal Lisandro Beherán y la abogada querellante Rosana Lema Olano, argumentando que no se puede declarar la prescripción de una causa cuando la condena ya está firme y en fase de ejecución. 

El fallo del Superior Tribunal de Justicia

En el acuerdo rubricado por los vocales Susana Ester Medina, Germán Reynaldo Francisco Carlomagno y Laura Mariana Soage, el STJ revocó los sobreseimientos y resolvió: 

  1. Nulidad del sobreseimiento: Dejó sin efecto las resoluciones del Juez de ejecución y de la Cámara de Casación que daban por extinguida la causa.
  2. Inhabilitación firme: Dejó ratificado el punto I de la resolución del 27 de mayo de 2025, confirmando que la inhabilitación especial para ejercer la medicina está en plena ejecución y rige hasta el 1° de junio de 2030.
  3. Falta de competencia: Explicó que una vez denegado el recurso federal, la condena queda firme y la función del juez de ejecución se limita a hacer cumplir las sanciones, careciendo de potestad para reabrir la discusión de la causa.
  4. Investigación por intimidación: A raíz de las excusaciones presentadas por los jueces Mauricio Derudi y Arturo Dumón —quienes denunciaron haber sufrido episodios de acoso y actitudes provocadoras por parte de Nemec en la vía pública y ámbitos sociales—, el STJ ordenó enviar las actuaciones a la fiscalía para evaluar la posible comisión de delitos. 


Autor:Javier Vilaboa

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